Aunque inicialmente la medida debería haber entrado en vigencia en mayo o julio, el Servicio de Impuestos Internos extendió el plazo de su entrada en vigencia. Entérate cuándo comenzará a operar en la siguiente nota.
¿Estás comenzando un negocio, pero aún no realizas el inicio de actividades? Entonces, ¡pon atención! porque ahora éste será un requisito al momento de postular a cualquier financiamiento del Estado o préstamos con alguna institución financiera.
Desde octubre del 2025, deberás estar formalizado para acceder a estos fondos e incluso si quieres comprar una máquina de pago como las de TUU.
A continuación, te contamos todos los detalles de esta normativa.
Inicio de actividades: ¿Qué es lo que cambia?
El SII publicó en abril de este año una circular que informaba sobre la exigencia de acreditar el inicio de actividades para acceder a financiamiento público o solicitar un crédito en una institución financiera.
Sin embargo, la entidad aplazó la entrada en vigencia de la norma hasta el 1 de octubre de 2025.
La medida estaba prevista para comenzar a operar en mayo y julio de 2025, dependiendo del tipo de entidad (pública o privada) y el objetivo es incentivar la formalización de los pequeños negocios y combatir la informalidad tributaria.
¿Por qué se aplazó? La iniciativa no fue bien recepcionada entre los emprendedores y organizaciones como Fosis e Indap, ya que la mayoría de sus usuarios no están formalizados.
En el caso del Fosis, el 88% de sus 35 mil usuarios no ha realizado el inicio de actividades, lo que los deja fuera de acceder a financiamiento, si la norma entraba en vigencia en la fecha inicial.
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¿A quiénes afecta la medida?
Esta norma forma parte de la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias (Ley 21.713) y establece que, para acceder a ciertos servicios o productos financieros, se deberá acreditar que la persona o empresa ha iniciado actividades formales ante el SII.
Esto afectará principalmente a:
- Organismos del Estado: municipios y gobiernos regionales deberán exigir el inicio de actividades a quienes postulen a subsidios, licitaciones o quieran obtener una patente comercial.
- Bancos: al momento de otorgar un crédito a personas jurídicas o empresas.
- Administradores de medios de pago electrónico: proveedores de máquinas POS (como TUU) tendremos que verificar el inicio de actividades a todos quienes compren nuestras máquinas de pago.
- Plataformas de intermediación digital: marketplaces, que deberán exigir el mismo requisito a quienes ofrezcan productos o servicios en sus plataformas.
¿Qué pasa después?
A partir del 1 de octubre de 2025 todas las entidades que mencionamos anteriormente, tendrán la obligación legal de exigir que estés formalizado para poder entregarte financiamiento, servicios o permitirte operar en sus plataformas.
Importante: desde el 1 de enero de 2026, las plataformas digitales y medios de pago electrónico también deberán verificar el cumplimiento tributario de quienes usen sus servicios. Esto significa que, además del inicio de actividades, deberás estar al día con tus declaraciones de IVA y/o Renta, sin deudas graves ni querellas por evasión.
¿Y si no cumplo?
Si una plataforma detecta que aún no cuentas con el inicio de actividades o tienes deudas tributarias, podrá seguir prestándote el servicio, pero estará obligada a retener parte del IVA que generes con tus ventas.
Esta medida asegura el pago de impuestos de forma preventiva, sin la necesidad de cortar la actividad comercial de los emprendedores con asuntos pendientes con el SII.
¡Prepárate desde ahora!
Si necesitas regularizar tu situación, este plazo adicional es una oportunidad para prepararte. Revisa cómo puedes comenzar:
- Evalúa si necesitas formalizarte: si vendes productos o servicios que generan ingresos regulares, ¡es el momento para dar este paso!
- Realiza el inicio de actividades online: el trámite se puede hacer desde el sitio web del SII y no toma más de 15 minutos.
- Aprovecha las asesorías gratuitas: algunas entidades como Fosis, Sercotec, centros de negocios y fundaciones como Desafío Levantemos Chile ofrecen asesoría gratuita para que te formalices.
- Revisa tus declaraciones de impuestos: debes estar al día con tus declaraciones de impuestos. Aunque no hayas iniciado actividades, quizás tengas otros registros pendientes que conviene ordenar desde ya.
¡Haz tu inicio de actividades!
Aunque la formalización puede parecer engorrosa, te aseguramos que hacer tu inicio de actividades te abrirá diversas oportunidades y te evitará problemas con la ley.
Si ya estás usando alguna de nuestras máquinas POS de pago, pero aún no avanzas en tu proceso de formalización, ahora es el momento de hacerlo.
Si tienes dudas de cómo empezar, revisa esta guía que te mostrará el camino.